El juego clandestino dejó de ser una contravención, ahora es delito

Ley de Impuesto a las Ganancias”, aprobando como forma de financiar la disminución de los montos imponibles la creación del “Impuesto específico sobre la realización de apuestas” en todo el territorio de la Nación, que grava la realización de esa actividad cualquiera sea el medio en que se la lleve a cabo.

Y en ese marco se introdujo mediante el artículo 10º de la Ley 27.346 una modificación al Código Penal, incorporado el Artículo 301 Bis, que dice: “Será reprimido con prisión de tres (3) a seis (6) años el que explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente”.

Sin dudas este cambio apunta al corazón del juego clandestino, actividad en cierta manera arraigada en la comunidad pero que a partir de ahora es ilícita, y podrá ser investigada por los fiscales con sólo mediar la denuncia correspondiente.

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